La sala de lo social modifica su doctrina y, de cara a los despidos disciplinarios que se produzcan en el futuro, establece que "el empleador debe ofrecer al trabajador la posibilidad de defenderse de los cargos formulados contra él"
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El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que afecta a todos los despidos disciplinarios que las empresas firmen a partir de ahora: no será un despido válido si la empresa no ha abierto un trámite para que el trabajador pueda combatir las acusaciones que pesan sobre él.
Los jueces han cambiado su doctrina de cara al futuro tras estudiar el caso de un profesor de teoría teatral y directivo de la Escuela de Arte Dramático de Balears, hoy conocida como Fundació per als Estudis Superiors de Música i Arts Escèniques. Fue en 2020 cuando la inspección tuvo noticia de que existían acusaciones contra el docente de haber acosado a varias alumnas en ese y en cursos anteriores con una carta de varias decenas de alumnas.
Un escrito en el que las alumnas denunciaban, entre otras cosas, que este docente les enviaba solicitudes de amistad en Instagram, proponía tutorías fuera de horario y les lanzaba “miradas intimidatorias” pasando a aproximaciones corporales “sobre todo de la parte superior del cuerpo” o a comentarios como “qué falda más corta”, “hoy vienes muy guapa” o “tienes una mirada muy sensual”, generando con ello situaciones de “incomodidad”, “miedo” y “culpa”.
La carta de despido de esta Fundación pública balear llegó en marzo de 2021 haciéndose eco de estas acusaciones. Fue entonces cuando el docente acudió a los tribunales para combatir su despido: el juzgado dio la razón a la Fundación pero el TSJ de Balears declaró que había sido un despido improcedente y que tenía derecho a ser indemnizado con más de 64.000 euros. El Supremo ahora ordena que el juzgado repita su primera sentencia.