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El Gobierno aprueba la regulación para acceder a la jubilación anticipada por profesiones penosas y peligrosas

El Gobierno aprueba la regulación para acceder a la jubilación anticipada por profesiones penosas y peligrosas

El procedimiento tendrá en cuenta las bajas y la mortalidad de los oficios, entre otros elementos, y podrá iniciarse por sindicatos, colectivos de autónomos, patronales y la Administración Pública

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El Gobierno ha aprobado este martes la regulación para poder acceder a la jubilación anticipada sin penalizaciones para profesiones penosas y peligrosas. Era una de las materias pendientes del último acuerdo de pensiones en el diálogo social, que reclaman varios sectores y actividades, como los de la construcción y las azafatas de vuelo, entre otros muchos.

La norma desarrolla el procedimiento para que, si no es posible mejorar las condiciones de trabajo de un determinado colectivo, este pueda ver adelantada su edad ordinaria de jubilación gracias a coeficientes reductores.

La ministra de la Seguridad Social, Elma Saiz, ha explicado en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros algunos de los elementos más destacados de la regulación, que ha sido consensuada con los sindicatos y patronales mayoritarias en el diálogo social.

“Es un paso adelante en justicia social. El sistema debe ser suficientemente flexible para proteger a estos colectivos”, ha subrayado Saiz, que ha destacado que se ha establecido el procedimiento siguiendo “criterios objetivos” y que sigue la estela también de otros países, como Francia e Italia.

El reconocimiento de la jubilación anticipada va ligado a un incremento en la cotización a la Seguridad Social para ese colectivo, que se fijará en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para cada año. Este incremento consistirá en aplicar un tipo de cotización adicional sobre la base de cotización por contingencias comunes, tanto a cargo de la empresa como de la persona trabajadora. En ningún caso la edad de jubilación puede resultar inferior a los 52 años, precisa la Seguridad Social.

Qué es una profesión penosa o peligrosa

La ministra Elma Saiz ha explicado que se han definido varios “criterios objetivos” para definir la naturaleza de las actividades profesionales que puedan acceder a estos coeficientes reductores de la edad de jubilación por ser especialmente peligrosas o penosas.

En concreto, la Seguridad Social explica en una nota algunos elementos que se tendrán en cuenta para evaluar cuatro condiciones:

La penosidad, definida por criterios como, por ejemplo, la exposición a temperaturas extremas, ruido o vibraciones; el uso permanente de la fuerza física; la exposición a agentes físicos, químicos o biológicos. La toxicidad, para trabajos con exposición a agentes físicos, químicos o biológicos agresivos o nocivos. La peligrosidad, que tendrá en cuenta actividades susceptibles de causar un accidente laboral o enfermedad profesional al trabajador con un mayor grado de incidencia o frecuencia que otros trabajos. La insalubridad, que se refiere a actividades con exposición a un ambiente susceptible de ser perjudicial para la salud del trabajador.

Saiz ha destacado que en todo caso el primer paso es tratar de mejorar las condiciones laborales para que “el trabajo sea seguro” pero que, cuando se estime que no es posible, se podrá dar este siguiente paso de optar a una jubilación anticipada sin penalizaciones, como las que ya tienen (y permanecerán sin cambios) profesiones como la minería, trabajadores del mar y de vuelo, y la policía, por ejemplo.

Para acreditar que concurren estos elementos y que una profesión es penosa o peligrosa, la ministra ha explicado que se ha elaborado “una fórmula”. Esta tendrá en cuenta criterios como el número de bajas laborales en el colectivo de trabajadores, en relación al total, así como el número de fallecimientos e incapacidades permanentes de la profesión y la duración  media de las bajas, entre otros. 

También se tendrá en cuenta “otros factores”, ha subrayado Saiz, para lo que la Seguridad Social elaborará “un informe de morbilidad y mortalidad”, donde se tendrán en cuenta por ejemplo las “contingencias comunes, las profesionales, la edad, el sexo, la rotación en el trabajo, la parcialidad, el tamaño de la empresa o la distribución geográfica”, indica el Ministerio.

Cómo puede iniciarse el procedimiento

La solicitud para que una profesión tenga reconocida esta jubilación anticipada especial puede iniciarla “conjuntamente por organizaciones empresariales, sindicales, de autónomos y, en algunos casos, por las propias Administraciones Públicas”, explica la Seguridad Social.

Se hará la petición ante la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, “que emitirá un informe de morbilidad y mortalidad”, y recabará informes de la Inspección de Trabajo y del Instituto de Seguridad y Salud en el trabajo “y, si es para trabajadores públicos, del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública”.

Finalmente, dichos informes se remitirán a una comisión de evaluación, en la que están presentes los agentes sociales, y que emitirá el informe final sobre la concurrencia de circunstancias objetivas que justifiquen la aplicación de coeficientes reductores.

Si se estima la petición, el Gobierno deberá aprobar un real decreto “para que la edad ordinaria de jubilación exigida en cada caso pueda ser rebajaba mediante la aplicación de coeficientes reductores en aquellas ocupaciones o actividades profesionales que resultan afectadas”.

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