No solo es que se declare improcedente su despido. Es que su empresa tendrá que compensarla por haber violado su privacidad en el proceso. Es lo que dicta una nueva sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León, que reconoce el derecho de una trabajadora a recibir una indemnización por daños morales tras demostrar que la compañía infringió las leyes de protección de datos en la recolección de pruebas para su despido.